Aumento, disminución o exoneración de alimentos entra aquí en un momento concreto: antes de avanzar, el expediente debe transformar hechos y documentos en una decisión jurídica verificable. En una frase: obtener la orden, el acuerdo y el historial de pago de alimentos vigente; clasificar si es menor o mayor de edad y el domicilio. Momento del trámite Se revisan en conjunto la solicitud, la respuesta posible y los derechos de todas las personas involucradas. Esta es la fase de título alimentario y expediente actual; no debe confundirse con el resultado final del servicio. Qué ocurre en esta fase El equipo jurídico debe obtener la orden, el acuerdo y el historial de pago de alimentos vigente; clasificar si es menor o mayor de edad y el domicilio. Cada afirmación relevante se contrasta con el documento, registro, prueba o declaración que corresponda. Si la información cambia la competencia, la legitimación, la seguridad de una persona o el tipo de trámite, se corrige la ruta antes de continuar. Plazo y punto de control La fuente no asigna a esta fase un plazo automático único. El control se programa con la fecha real de radicación, notificación, audiencia, requerimiento o compromiso. Si una autoridad fija un término, ese acto se incorpora al calendario y prevalece sobre una estimación operativa. Regla de conteo: nunca se marca un término como vencido sin verificar día inicial, forma de notificación, días hábiles o calendario, suspensión y norma especial. Actuación, decisión o recurso posible Este avance es una decisión técnica de la ruta y no tiene, por sí solo, un recurso judicial. Si una autoridad emite un auto, resolución o acto, el abogado revisa la notificación y el medio de impugnación específico antes de contar cualquier término. ¿Cómo sabemos que avanzó? Las actuaciones de esta fase tienen soporte, los datos críticos no presentan contradicciones y el abogado responsable aprobó el cambio de estado. El expediente queda listo para prueba del cambio de circunstancias. Base jurídica de la faseCURRENT SUPPORT TITLE; CGP art. 28 390 397 397A. Fuentes oficiales para verificarCódigo General del ProcesoLey 2541Código de la Infancia y la Adolescencia Contenido trazado a KB-046, versión 1.0.0. La aplicación al caso concreto requiere revisión humana.