El expediente llega a un punto concreto: admisión del inmueble y objetivo del cliente. El objetivo es avanzar con evidencia, sin confundir dominio, posesión, tenencia ni estado registral. En una frase: Capturar el inmueble, el objetivo del cliente y quién lo controla actualmente. Qué está pasandoCapturar el inmueble, el objetivo del cliente y quién lo controla actualmente Qué debe revisar el equipo jurídicoCapturar el inmueble, el objetivo del cliente y quién lo controla actualmente. Plazo y momento procesalNo existe un plazo automático único asignado a esta fase. El calendario nace de la fecha real de radicación, notificación, audiencia, requerimiento, acto o negocio; cualquier término fijado por la autoridad debe incorporarse de inmediato.Regla de seguridad: antes de contar se verifica el día inicial, la forma de notificación, si son días hábiles o calendario, las suspensiones y la norma especial. Actuación, decisión o recursoEs un punto de control técnico. Si una autoridad emite acto o providencia, el abogado verifica notificación, firmeza y recurso aplicable antes de mover el expediente. Cómo sabemos que avanzóLa actuación tiene soporte, los datos del inmueble son coherentes y el abogado responsable aprobó el cambio de fase. El expediente queda listo para identidad del inmueble, registro y clasificación. Fuentes oficiales y trazabilidadCódigo Civil colombianoCódigo General del ProcesoEstatuto de Registro de Instrumentos PúblicosDocumento interno: KB-066, versión 1.0.0.