Estas respuestas explican cómo se toma cada decisión de clasificación. La respuesta definitiva surge de los documentos y hechos del caso real.1. ¿Se pretende titular una posesión o sanear una falsa tradición?Respuesta: Se selecciona únicamente la alternativa demostrada por certificado de tradición vigente, título fuente y anotaciones completas. Si dos opciones siguen abiertas, la clasificación queda pendiente y no se presenta la actuación hasta resolver la diferencia.Control: si la evidencia contradice la respuesta, no se fuerza el avance; se registra el hallazgo y el abogado redefine la siguiente actuación.2. ¿El predio rural no supera una UAF o el urbano cumple el límite legal aplicable?Respuesta: Se selecciona únicamente la alternativa demostrada por documentos fechados y el hecho legal exacto que inicia el conteo. Si dos opciones siguen abiertas, la clasificación queda pendiente y no se presenta la actuación hasta resolver la diferencia.Control: si la evidencia contradice la respuesta, no se fuerza el avance; se registra el hallazgo y el abogado redefine la siguiente actuación.3. ¿Se presenta alguna exclusión del artículo 6 de la Ley 1561?Respuesta: La respuesta es afirmativa solo cuando documentos, registro, prueba técnica y declaraciones coherentes con la realidad del caso confirman todos los presupuestos de la pregunta. Si falta uno, se registra como pendiente o negativo y se revisa si cambia la ruta.Control: si la evidencia contradice la respuesta, no se fuerza el avance; se registra el hallazgo y el abogado redefine la siguiente actuación.4. ¿Qué pruebas demuestran la posesión o la falsa tradición?Respuesta: Se define al confrontar línea de tiempo, inspección, testimonios, fotografías, contratos, pagos y demás actos materiales. La respuesta debe quedar escrita, con su soporte y con la consecuencia jurídica que produce.Control: si la evidencia contradice la respuesta, no se fuerza el avance; se registra el hallazgo y el abogado redefine la siguiente actuación.5. ¿Están disponibles todos los anexos exigidos por el artículo 11?Respuesta: La respuesta es afirmativa solo cuando documentos, registro, prueba técnica y declaraciones coherentes con la realidad del caso confirman todos los presupuestos de la pregunta. Si falta uno, se registra como pendiente o negativo y se revisa si cambia la ruta.Control: si la evidencia contradice la respuesta, no se fuerza el avance; se registra el hallazgo y el abogado redefine la siguiente actuación.6. ¿Cuándo debe programarse y realizarse la inspección judicial?Respuesta: Es la fecha que pueda acreditarse con documentos fechados y el hecho legal exacto que inicia el conteo. Desde ese hecho se revisan prescripción, caducidad y oportunidad; no se cuenta desde una aproximación.Control: si la evidencia contradice la respuesta, no se fuerza el avance; se registra el hallazgo y el abogado redefine la siguiente actuación.Quién confirma la respuesta finalEl abogado responsable, después de revisar identidad, competencia, prueba y fechas. Una respuesta automática no autoriza por sí sola una demanda, escritura, registro, acuerdo o cierre.