El expediente llega a un punto concreto: demanda e inscripción. El objetivo es avanzar con evidencia, sin confundir dominio, posesión, tenencia ni estado registral. En una frase: Presentar la demanda y controlar la inscripción. Qué está pasandoPresentar la demanda y controlar la inscripción Qué debe revisar el equipo jurídicoPresentar la demanda y controlar la inscripción. Plazo y momento procesalNo existe un plazo automático único asignado a esta fase. El calendario nace de la fecha real de radicación, notificación, audiencia, requerimiento, acto o negocio; cualquier término fijado por la autoridad debe incorporarse de inmediato.Regla de seguridad: antes de contar se verifica el día inicial, la forma de notificación, si son días hábiles o calendario, las suspensiones y la norma especial. Actuación, decisión o recursoLa radicación no equivale a admisión. Se controla reparto, inadmisión, subsanación, rechazo, notificación y cualquier término fijado por la autoridad. Cómo sabemos que avanzóLa actuación tiene soporte, los datos del inmueble son coherentes y el abogado responsable aprobó el cambio de fase. El expediente queda listo para traslado de diez días y defensa. Fuentes oficiales y trazabilidadCódigo Civil colombianoCódigo General del ProcesoEstatuto de Registro de Instrumentos PúblicosDocumento interno: KB-075, versión 1.0.0.