Estas condiciones son puertas de seguridad: ninguna se completa con una suposición.1. Admisión y causa de extinciónCondición: debe ser posible clasificar la causa: plazo, condición, muerte, resolución, consolidación, prescripción, renuncia, destrucción o incumplimiento con soporte verificable. Si falta: la fase queda pendiente, se solicita la evidencia o se cambia de ruta.2. Título, registro y partesCondición: debe ser posible verificar el título del usufructo, el folio vigente y las partes con soporte verificable. Si falta: la fase queda pendiente, se solicita la evidencia o se cambia de ruta.3. Prueba de la causa automática o documentalCondición: debe ser posible obtener la prueba del hecho extintivo con soporte verificable. Si falta: la fase queda pendiente, se solicita la evidencia o se cambia de ruta.4. Ruta judicial por incumplimiento si aplicaCondición: debe ser posible litigar el incumplimiento o daño grave si aplica la ruta del artículo 868 con soporte verificable. Si falta: la fase queda pendiente, se solicita la evidencia o se cambia de ruta.5. Instrumento u orden de cancelaciónCondición: debe ser posible obtener el título, acto u orden final válido para la cancelación con soporte verificable. Si falta: la fase queda pendiente, se solicita la evidencia o se cambia de ruta.6. Cancelación en la ORIPCondición: debe ser posible registrar la cancelación y verificar el folio con soporte verificable. Si falta: la fase queda pendiente, se solicita la evidencia o se cambia de ruta.7. Restitución y consolidaciónCondición: debe ser posible controlar la restitución del bien y la consolidación con la nuda propiedad con soporte verificable. Si falta: la fase queda pendiente, se solicita la evidencia o se cambia de ruta.Control humano obligatorioLa selección de ruta, la demanda, el instrumento, la respuesta a una decisión y el cierre requieren validación del abogado responsable.Fuentes oficialesCódigo Civil colombianoCódigo General del ProcesoEstatuto de Registro de Instrumentos Públicos