En esta fase la prioridad es proteger la identidad, la voluntad, la participación y los efectos jurídicos de la persona.En una frase: Confirmar en espacio privado comprensión, voluntad y preferencias antes del otorgamiento. Qué está pasandoEl trámite se encuentra en realizar entrevista privada y audiencia. Todavía no se presume cumplido el resultado: debe construirse con documentos, participación accesible y control de la autoridad competente. Qué debe hacer el equipo jurídicoConfirmar en espacio privado comprensión, voluntad y preferencias antes del otorgamiento.Plazo y momento procesal1 mes — Referencia de desistimiento por inasistencia después de la citación o por no otorgar el instrumento disponible. Base: Decreto 1429 de 2020.Regla de conteo: se verifica el hecho inicial, la notificación válida, el tipo de días y cualquier suspensión. Actuación, decisión o recursoLas solicitudes, objeciones y recursos orales deben formularse en la oportunidad procesal y quedar registrados en acta o grabación.Cómo sabemos que avanzóLa actuación quedó documentada, la persona pudo participar con los ajustes requeridos y el abogado aprobó el cambio. Sigue otorgar el acuerdo y comunicar obligaciones. Base jurídicaDecreto 1429 de 2020.Fuentes oficiales y alcanceLey 1996 de 2019 — capacidad legal y apoyosDecreto 1429 de 2020 — acuerdos de apoyoDecreto 487 de 2022 — valoración de apoyosEsta ruta es orientadora y requiere aplicación humana al caso concreto.