En esta fase la prioridad es proteger la identidad, la voluntad, la participación y los efectos jurídicos de la persona.En una frase: Firmar la escritura o acta con actos, duración, funciones y obligaciones claramente delimitados. Qué está pasandoEl trámite se encuentra en otorgar el acuerdo y comunicar obligaciones. Todavía no se presume cumplido el resultado: debe construirse con documentos, participación accesible y control de la autoridad competente. Qué debe hacer el equipo jurídicoFirmar la escritura o acta con actos, duración, funciones y obligaciones claramente delimitados.Plazo y momento procesalMáximo 5 años — Duración de un acuerdo de apoyos. Base: Ley 1996 de 2019, art. 18.1 mes — Referencia de desistimiento por inasistencia después de la citación o por no otorgar el instrumento disponible. Base: Decreto 1429 de 2020.Regla de conteo: se verifica el hecho inicial, la notificación válida, el tipo de días y cualquier suspensión. Actuación, decisión o recursoEs un punto de control técnico. Si una autoridad emite acto o providencia, el abogado verifica notificación, firmeza y recurso aplicable antes de mover el expediente.Cómo sabemos que avanzóLa actuación quedó documentada, la persona pudo participar con los ajustes requeridos y el abogado aprobó el cambio. Sigue registrar, usar y revisar el apoyo. Base jurídicaLey 1996 de 2019, arts. 18 y 19; Decreto 1429 de 2020.Fuentes oficiales y alcanceLey 1996 de 2019 — capacidad legal y apoyosDecreto 1429 de 2020 — acuerdos de apoyoDecreto 487 de 2022 — valoración de apoyosEsta ruta es orientadora y requiere aplicación humana al caso concreto.