En esta fase la prioridad es proteger la identidad, la voluntad, la participación y los efectos jurídicos de la persona.En una frase: Controlar publicidad, uso en los actos cubiertos, modificación, terminación y renovación. Qué está pasandoEl trámite se encuentra en registrar, usar y revisar el apoyo. Todavía no se presume cumplido el resultado: debe construirse con documentos, participación accesible y control de la autoridad competente. Qué debe hacer el equipo jurídicoControlar publicidad, uso en los actos cubiertos, modificación, terminación y renovación.Plazo y momento procesalMáximo 5 años — Duración de un acuerdo de apoyos. Base: Ley 1996 de 2019, art. 18.8 días — Incorporación del trámite notarial autorizado en el sistema de información indicado por la norma. Base: Decreto 1429 de 2020.Regla de conteo: se verifica el hecho inicial, la notificación válida, el tipo de días y cualquier suspensión. Actuación, decisión o recursoEs un punto de control técnico. Si una autoridad emite acto o providencia, el abogado verifica notificación, firmeza y recurso aplicable antes de mover el expediente.Cómo sabemos que avanzóLa actuación quedó documentada, la persona pudo participar con los ajustes requeridos y el abogado aprobó el cambio. El resultado quedó implementado y explicado. Base jurídicaLey 1996 de 2019, arts. 18 a 20; Decreto 1429 de 2020.Fuentes oficiales y alcanceLey 1996 de 2019 — capacidad legal y apoyosDecreto 1429 de 2020 — acuerdos de apoyoDecreto 487 de 2022 — valoración de apoyosEsta ruta es orientadora y requiere aplicación humana al caso concreto.